El proceso penal es el conjunto de actos que se ejecutan para la investigación de una denuncia o noticia sobre la comisión de un presunto hecho delictivo, con el objetivo de determinar la verdad material y la responsabilidad o no de los imputados y acusados, la aplicación y ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan y otras soluciones basadas en las disposiciones de la acción penal y acuerdos entre las partes, en los casos autorizados por la ley. Bajo este fundamento la asignatura pretende crear cultura en los estudiantes en el proceso penal y el vertigo y cambio constante de las leyes adjetivas penales. La asignatura será impartida por el profesor Jesús Machín Roque y el apoyo de su alumno ayudante

Bienvenidos al curso de Propiedad Industrial, que será impartido por la profesora Dayani Fundora Pedroso. En el mismo se realizará un acercamiento a esta materia perteneciente a la Propiedad Intelectual, sus vínculos y diferencias con el Derecho de Autor, así como sus principios y categorías esenciales. Se abordarán temas de interés como las invenciones, marcas y otros signos distintivos, así como la competencia desleal. Todo ello desde una perspectiva práctica, con los fundamentos doctrinales y teóricos requeridos. Es por ello que posee una especial importancia para su ejercicio profesional, máxime en las condiciones actuales en las que se prioriza la innovación; por lo que el profesional del Derecho debe estar preparado para orientar en este sentido.

Para más información remitirse al recurso PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA

La Teoría General del Derecho es una asignatura esencial y básica de la carrera y es una asignatura de abstracciones y generalizaciones. No se refiere al Derecho de este o aquel país, o de esta o aquella época, sino a todo el Derecho, en su total y universal evolución y comprensión teórica. En la Teoría General del Derecho se estudia aquí los problemas teóricos generales del Derecho, como su contenido, sentido, sus características; se estudia la norma jurídica, la relación jurídica, el sistema de Derecho, su realización e interpretación; la vigencia temporal, espacial y personal del Derecho y otros problemas esenciales de la comprensión absoluta, general y universal del fenómeno jurídico. Queremos decir al alumno que se inicia en el estudio de esta materia que, si realmente pretende ser jurista, no puede conformarse con aprobar superficialmente esta asignatura. Para poder transitar con éxito en el resto de los estudios y, más todavía, para ser posteriormente un buen jurista, debe tener un firme conocimiento de los problemas cardinales de la Teoría General del Derecho. Algunos superficiales suelen subestimar o preterir estos estudios encogiéndose de hombros y diciendo que son pura teoría, que de nada sirven para la práctica viva del Derecho. Con eso demuestran su total ignorancia. Sin la base teórica que proporciona esta asignatura no se puede aspirar a ser realmente jurista. Bastaría recordar, además, lo que en una ocasión dijo alguien: “Nada es más práctico que una buena teoría.”

La asignatura se imparte en tercer año del curso diurno y estudia los tipos de proceso civiles, así como los medios de impugnación de resoluciones judiciales. Resulta una asignatura básica dentro de los estudios de la Carrera.

El conocimiento de la disciplina Historia de Cuba, debe ser un componente esencial de la cultura general integral de todo profesional cubano. Este conocimiento y el potencial educativo que el mismo entraña, es imprescindible para llevar adelante tanto la educación en el patriotismo como en los demás valores fundamentales con los que está  comprometida  la formación de profesionales en la Educación Superior.  A propósito de esta idea, expresó el compañero Fidel Castro: “(…) estudiar la historia y estudiarla a fondo es quizás el instrumento más extraordinario de que dispongamos para transmitir valores, sentimientos patrióticos, sentimientos revolucionarios, sentimientos heroicos”.

De modo que todo futuro egresado de la Educación Superior Cubana, con independencia de su  perfil profesional, debe poseer una cultura básica sobre la historia de su patria. En esta oportunidad no se trata de repetir los contenidos adquiridos en el nivel precedente, sino de temas escogidos, que por su amplitud e importancia constituyen ejes fundamentales del devenir histórico de la Historia de Cuba , ajustados a las solicitudes de los estudiantes universitarios en sus últimos congresos y acorde con el perfeccionamiento continuo de los planes y programas del nivel superior; los temas seleccionados deben incitar al diálogo y al debate sobre hechos, procesos y personalidades y profundizar en el conocimiento de los peligros que a través de la historia han sido y son una amenaza a nuestra independencia y soberanía nacionales.


La asignatura Derecho Romano forma parte de la columna vertebral de la disciplina Fundamentos Históricos del Estado y el Derecho. La necesidad de su estudio está avalada por la pertenencia de nuestro sistema jurídico cubano al llamado tronco romano francés que toma del sistema jurídico romano sus principios medulares y conformadores. El Derecho Romano introduce al estudiante de Derecho en el mundo de los valores jurídicos universales que hoy compartimos todos los pueblos Latinoamericanos y la mayoría de los países de Europa. El Derecho Romano no es una asignatura muerta o de superficial erudición, sino que en ella palpitan respuestas actuales a problemas éticos y prácticos en sede de Derecho Público y Privado.

La Historia del Estado y el Derecho en Cuba es parte fundamental de la disciplina histórica en el plan de estudio de la carrera. Su necesidad es evidente en un mundo globalizado donde las tradiciones y las culturas autóctonas son convertidas en mero folklore. Al reivindicar estos estudios estamos planteando que no se puede forjar un jurista en una sociedad socialista y humanamente justa sin que este se forme en el conocimiento de su historia nacional, en este caso de su historia política y jurídica.

La formación de la Nación cubana está caracterizada por su contenido jurídico esencial que se ha mantenido como huella de la identidad patria. Todos los momentos trascendentales de la Historia de Cuba están relacionados con la creación, modificación, transformación o quiebra del orden jurídico y la institucionalidad política.

El apego al Derecho y la Legalidad, propio de la Nación cubana y especialmente del proceso revolucionario comenzado en 1868, son fundamento principal de esta asignatura.

El jurista que se forme en nuestras aulas debe reconocer en su pasado nacional las claves que lo conducirán hacia un conocimiento de los derroteros posibles de nuestro proyecto político-social.

El Socialismo del Siglo XXI como ideal de redención definitiva de América debe ser concebido como una práctica de cada Estado, de cada sociedad y de cada cultura.

Cuba desde el latinoamericanismo y el internacionalismo pretende consolidar el socialismo en cada vez más eficientes y humanas posibilidades.

Ningún sueño que nos planteemos podrá materializarse sin un estudio consciente de lo que hemos sido como nación.

La Historia del Estado y el Derecho en Cuba se propone con su existencia dentro del Programa general de la Carrera brindar los argumentos científicos y políticos básicos para nuestro propio reconocimiento como una cultura con aportes importantes en lo jurídico y lo político.

Lo anterior solo es posible si se estudia pormenorizadamente el desarrollo del Estado y el Derecho en Cuba desde la dominación colonial, pasando por el orden político y jurídico mambí, de la República Neocolonial, y del Estado Socialista, después del triunfo revolucionario de 1959.

 

El desarrollo de fenómenos internacionales como la mercantilización de la cultura, la globalización de ésta, la aparición de las denominadas Economías culturales y el desarrollo de la Ciencia del Derecho en Cuba,  imponen la necesidad del reconocimiento de materias como el Derecho de Autor.

Concebida como una de las denominadas propiedades especiales, tiene su máximo fundamento en las relaciones jurídicas civiles, a partir de la protección del individuo como único ser capaz de producir las creaciones intelectuales, obras, que son su objeto de estudio. De ahí que se ha considerado como una de las relaciones jurídicas civiles no patrimoniales con incidencia en el patrimonio, dada la especial protección y defensa de la persona.